Durante el operativo de invierno del programa Paisano, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) permitirá a los mexicanos que arriban al país declarar por su cuenta, directamente en la Aduana, sin necesidad de contratar un agente aduanal, mercancías que rebasen la franquicia de 300 dólares, pero que no superen los 3 mil dólares e incluso 4 mil si se trata de equipo de cómputo.
Esos beneficios estarán vigentes durante la aplicación del operativo de invierno que inició el pasado primero de noviembre y concluirá el 10 de enero del 2010, refiere información oficial difundida por la SHCP a través de la guía Paisano.
En ese periodo, turistas extranjeros y de origen mexicano podrán importar a México 300 dólares por persona en mercancía extranjera sin pagar impuestos, acumulables, según el número de pasajeros que viajen en un mismo vehículo. Estos beneficios excluirán únicamente a los habitantes de la frontera, quienes ya tienen una franquicia permanente (todo el año) de 150 dólares por persona en vehículo, hasta un límite de 400 dólares en grupo, incluyendo menores de edad.
La franquicia vigente permite introducir al país sin pagar impuestos uno o varios artículos, además del equipaje, pero no incluye bebidas alcohólicas y tabacos labrados.
En caso de excederse, los visitantes podrán importar las mercancías adicionales a su equipaje, pagando el impuesto correspondiente sin tener que recurrir a los servicios de un agente o apoderado aduanal siempre y cuando las mercancías no superen los 3 mil dólares ó 4 mil si se trata de equipo de cómputo.
La tasa global del impuesto que se aplica es del 15 por ciento, siempre y cuando el valor de las mercancías no exceda de tres mil dólares y que no estén sujetas a regulaciones y restricciones arancelarias, en cuyo caso se tendrá que recurrir al agente aduanal.
El paisano tiene prohibido internar ropa usada que no sea de su equipaje, además de llantas y motores usados.
Sin embargo, podrá introducir mercancías que forman parte del equipaje personal, como ropa, calzado, productos de aseo y belleza, nuevos o usados, ajuar de novia; ropa para bebé y artículos para su traslado, aseo y entretenimiento (silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros).
Además, se incluyen dos cámaras fotográficas o de videograbación, hasta 12 rollos de película o videocasetes, material fotográfico, dos teléfonos celulares o de radiolocalización, una máquina de escribir, una agenda electrónica y una computadora portátil (laptop, notebook, omnibook u otra similar); una copiadora o impresora portátiles, un quemador y un proyector portátil y sus accesorios.
También un radio portátil para grabar o reproducir sonido o uno mixto; o un reproductor de sonido digital o reproductor portátil de discos compactos y un reproductor portátil de DVD, así como un juego de bocinas portátiles y sus accesorios, entre otros.