La eliminación de aranceles a los productos acereros llevó a los industriales y sus trabajadores sindicalizados a abrir un capítulo de litigio judicial, ya que pidieron un amparo para suspender provisionalmente la medida, mismo que un juez concedió.
En respuesta, la Secretaría de Economía (SE) interpondrá un recurso de queja y presentará un informe para demostrar jurídicamente la imposibilidad de otorgar la suspensión.
Con motivo de la publicación del decreto de 2010 por el que se llevan a cero los aranceles de diversos productos, la empresa DeAcero y el Sindicato de la Industria Metalmecánica, Siderometalúrgica, Automotriz y Proveedora de Autopartes en General, sus Derivados y Similares de la República Mexicana Miguel Trujillo López interpusieron un amparo.
Oficialmente, el lunes 20 de febrero al mediodía la dependencia fue notificada de que el Juzgado Primero de Distrito de Coahuila, con residencia en Saltillo, pidió que se suspendiera provisionalmente el decreto por el que se modifica la tarifa de la ley de los impuestos generales de importación y exportación y el decreto por el que se establecen diversos programas de promoción sectorial, ambos publicados el 9 de febrero de 2010.
Ante esa petición, la dependencia advirtió que “interpondrá un recurso de queja en contra de las suspensiones provisionales dictadas por el juez. Y se va a presentar un informe en las próximas 24 horas con las manifestaciones jurídicas que demuestran la imposibilidad de otorgar esa suspensión”.
Por ello, el martes 21 de febrero abogados de la Dirección Jurídica de la SE viajarán a Saltillo para dar seguimiento al caso.
Desgravación
El decreto del que se amparan fue una medida que anunció la dependencia, mediante la cual se desgravaron diversos productos del hierro y el acero, como laminados planos, alambrón, desbastes cuadrados y rectangulares, palanquilla de aceros aleados, muelles, etcétera, que tenían un arancel de entre 5 y 3 por ciento.
Para la dependencia, el decreto que emitieron se fundamenta en el artículo 131 de la Constitución, que dice lo siguiente: “Es facultad privativa de la federación gravar las mercancías que se importen o exporten, o que pasen de tránsito por el territorio nacional.”
Aunque la decisión del Juzgado Primero de Distrito de Coahuila pide a la SE suspender temporalmente la medida, fuentes de la dependencia aseguraron que el juez no puso una fecha límite para subir los aranceles, además de que no hay manera de que se puedan aumentar los impuestos a la importación de manera inmediata.
Por eso aseguraron que van a presentar una queja contra la suspensión provisional, y argumentarán que no se puede revertir la medida de un día para otro, además de que todo el decreto se fundamentó en las facultades que confiere la Constitución al Ejecutivo.
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