Saturday, May 19, 2012

ANALISIS RCGMCE 2010

Posted by Red Aduanal On July - 20 - 2010 1 COMMENT

Como es de su conocimiento, el 30 de junio de 2010, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Comercio Exterior para 2010, mismas que entraron en vigor el 1o de julio del año en curso, salvo algunos casos previstos en el único artículo transitorio, mismos que se comentan en nuestra circular No. J-136 de la misma fecha.

Por tal motivo, adjuntamos a la presente, las reglas que consideramos de mayor trascendencia para el gremio, señalando la correlación con las Reglas de Comercio Exterior del 2009 para su mayor comprensión.

Reglas de comercio exterior 2009

Reglas de comercio exterior 2010 Contenido Comentarios
1.11 1.1.11 Esta regla  se refiere a las identificaciones oficiales que las autoridades aduaneras aceptaran. Fue modificada, para señalar que las identificaciones que se indican en la mismano deben tener indicios de haber sido alteradas o falsificadas.
2.2.2 1.3.1 Esta regla se refiere a mercancías para las cuales no será necesario inscribirse en el padrón de Importadores. La modificación se realiza a la fracción XV de la regla en comento, que se refiere a importación de mercancía efectuada por personas físicas. Se elimina de esta fracción la importación de vehículos, incluyendo los blindados, previo permiso de la Secretaría de Economía.

La regla actual 3.5.1 ya contempla ese supuesto sin que se sea necesario estar inscrito en el Padrón.

2.2.4 1.3.4 Esta regla se refiere a las causales de suspensión del padrón de importadores y/o del padrón de importadores de sectores específicos Se elimina en la fracción XXVII (antes numeral 27) el párrafo que señalaba que la documentación presentada que contenga datos falsos, será causal de la suspensión del padrón.

Hoy solo indica que será causal cuando se presente documentación falsa.

2.13.4. 1.4.17 Esta regla se refiere a la deducibilidad en materia de Impuesto Sobre la Renta de las aportaciones de los Agentes Aduanales para la reparación o mantenimiento de la Aduana La modificación esencial en esta regla es el señalamiento en el acta constitutiva la Asociación Civil a la cual se hacen las aportaciones voluntarias,del objeto que debe tener: constituir y administrar fondos para el mantenimiento, reparación o ampliación de las instalaciones de las Aduanas.

Se indican además con esta reforma, losrequisitos que deben tener las Asociaciones Civiles que se constituyan para que puedan recibir las aportaciones voluntarias de los Agentes Aduanales.

1.3.11 1.4.18 Esta regla se refiere a la forma de pago de los honorarios a los Agentes Aduanales y gastos relacionados con la operación de comercio exterior, para ser considerados como deducibles La modificación de esta regla consiste en señalar que el pago por la prestación de los servicios del Agente Aduanal, mediante transferencia bancaria o cheque, ahora lo realizará aquella persona que contrate sus servicios, sin que se limite a que el pago al Agente Aduanal lo realicen de manera directa los importadores o exportadores.

Por lo expuesto, también se elimina la obligación de pago directo por la empresa  transportista en los casos de tránsitos internos o tránsitos internos a la importación por ferrocarril, y las realizadas por empresas de mensajería.

3.3.9 1.6.9 Esta regla  se refiere a ladeterminación y pago del IGI, en transferencia y cambio de régimen de mercancía entre IMMEX Fue  modificada, para señalar que tratándose de transferencia de mercancías, para los efectos de la determinación y pago de las contribuciones que se causen con motivo de la misma, se deberá considerar el valor en aduana declarado en el pedimento de importación temporal, pudiendo disminuir dicho valor en la proporción que represente el número de días que dichas mercancías hayan permanecido en territorio nacional respecto del número de días en los que se deducen dichos bienes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de la Ley del ISR. Cuando se trate de bienes que no tengan porcientos autorizados en los artículos mencionados, se considerará que el número de días en los que los mismos se deducen es de 3650. La proporción a que se refiere este párrafo se disminuirá en el porcentaje que represente del monto total de facturación de mercancías, el monto de facturación de mercancías destinadas al mercado nacional.
2.1.4 1.8.1 Solicitud para prestar el servicio de prevalidación de pedimentos Esta disposición fue modificada parapuntualizar que dentro de los documentos que se deben anexar; el acta constitutita deberá de incluir como objeto la prestación de los servicios que se solicitan, asimismo se precisa que la representación legal debe contemplar poder para actos de administración.

Se adiciona la exigencia de proporcionar escrito con manifestación bajo protesta de decir verdad señalando estar al corriente de sus obligaciones fiscales y contar con amplia solvencia moral y económica; asì como acreditar el pago de derechos respectivo.

2.13.5. 2.1.5. Esta regla  se refiere a los casos en que se podrá rectificar el R.F.C. del Importador o Exportador Se adiciono la fracción IV que establece que se podrá rectificar el R.F.C. por errores mecanográficos hasta un máximo de 3 caracteres.
2.5.6. 2.2.7. Esta regla se refiere a los casos de retorno de mercancías depositadas ante la aduana y desistimiento del régimen Esta regla se modifico en su totalidad para simplificar en tres fracciones los procedimientos de retorno y desistimiento, la fracción I se establece el procedimiento de retorno o desistimiento para mercancía de procedencia extranjera, destacando que para el retorno la regla ya no establece que la mercancía deberá ser retornada en el mismo medio de transporte; en la fracción II se establece el procedimiento de retorno o desistimiento para mercancía de procedencia nacional y la fracción III se establece el procedimiento para el desistimiento electrónico  del pedimento para mercancía que ya no se encuentre en deposito ante la aduana, estableciendo la posibilidad de compensar los saldos a favor.

También señala por cuales mercancías no procederá el desistimiento o retorno.

2.4.19 2.4.14 Base de datos de mercancías que ostenten marcas registradas Se vuelve a publicar esta regla misma que establece que la Autoridad Aduanera conformará una base de datos automatizada con  información que le proporcionen los titulares de las marcas registradas, validada por la Autoridad competente que servirá de apoyo para la identificación de mercancías que ostenten marcas registradas. Lo anterior, a efecto de que la información sea considerada para detectar posibles  irregularidades en materia de propiedad intelectual, incluso en el despacho aduanero de las mercancías, debiendo informar inmediatamente a la autoridad competente para los efectos que correspondan.
Nota: Como recordarán esta regla se había dado a conocer en la 4a. Resolución de modificaciones a las RCGMCE para 2009 (anterior regla 2.4.19), sin embargo mediante el artículo Unico Transitorio, se había dispuesto que dicha regla no sería aplicable durante la vigencia de las RCGMCE para 2009, disposición que se vuelve a repetir en la fracción II del artículo Unico Transitorio de las reglas 2010, por lo que tampoco esta regla será aplicable durante la vigencia de las reglas 2010.
1.5.7 2.5.7 Regularización de remolques, contenedores o chasises destinados a importación temporal que le hayan sido robados al contribuyente. Ahora se contempla la posibilidad de regularizar remolques, semirremolques o portacontenedores en esta situación, mediante la presentación de un pedimento de importación definitiva dentro del plazo de importación temporal o a más tardar dentro de los 45 días posteriores al vencimiento, sin que sea necesaria la inscripción en el RFC y utilizando el “average retail value” señalado en el Primedia Price Digest Comercial Trailer Blue Book, conforme a las condiciones establecidas en la propia regla, para efectos del pago del IGI.
Por su parte, en el caso de chasises, contenedores o motogeneradores la regularización se podrá efectuar dentro del plazo de importación temporal o a más tardar en un plazo de 30 días posteriores al vencimiento de este, sin necesidad de inscripción en el RFC y tomando como base gravable para el IGI el valor declarado en el pedimento de importación temporal.
2.1.13 3.1.1 Casos en los que se podrá rectificar un RFC genérico o se deberá anotar la CURP Se elimina la posibilidad de declarar un RFC genérico en las operaciones de mercancías que se efectúe conforme a la regla 3.7.2 (anterior 2.7.9), es decir, la importación de mercancía mediante pedimento simplificado por pequeños contribuyentes
3.1.2 3.1.2 Importación o exportación definitiva de sustancias peligrosas Se adiciona como mercancía peligrosa la sosa cáustica de la fracción arancelaria 2815.12.01
2.6.1 3.1.5 Datos que debe contener la Factura Comercial Se modifica la infracción  al pasar de la fracción II (multa por dato general inexacto)a la fracción I de la ley Aduanera(presentación extemporánea de documento) de la ley Aduanera en el supuesto de presentar ante la Autoridad Aduanera la carta bajo protesta de decir verdad.
2.6.20 3.1.11 Documentos que acreditan que las mercancías estuvieron en tránsito bajo control de las autoridades aduaneras, para efecto de que la mercancía no pierda el carácter de originaria Se establece que para efectos del TLC con Israel, no perderán su carácter de originarias las mercancías que hayan estado en tránsito con trasbordo, sin control aduanero, por los Estados Unidos de América, Canadá, Estados Miembros de la Comunidad Europea o de la AELC.

Así mismo, cuando el importador anexe al pedimento de importación copia de la Declaración de operaciones que no confieren origen en países no Parte de acuerdo al TLC México-Israel, prevista en el Anexo I de la Resolución en Materia Aduanera del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Estado de Israel vigente.

2.6.11 3.1.22 Mercancías que se consideran peligrosas o que requieren de instalaciones o equipos especiales para su muestreo. (Se relaciona también con el artículo 45 de la Ley aduanera que se refiere a toma de muestras) Se modifica la regla para adicionar que los importadores o exportadores que deseen obtener o renovar su registro para toma de muestras de la mercancía  antes señalada deberá cumplir con lo que marca la propia regla, Así mismo, señala que la vigencia del registro tendrá una validez de un año mismo que se podrá renovar por otro plazo igual con 45 días de anticipación antes de su vencimiento.

Si transcurre el plazo de un mes contado a partir de que se hayan cumplido todos los requisitos  sin que  la autoridad  aduanera emitiera dictamen alguno, se puede considerar que la mercancía se encuentra correctamente clasificada.

2.6.17 3.1.26 Cómo se presenta ante la AGA el documento que comprueba el encargo conferido. Se modifica la regla para señalar que se deberá registrar o revocarelectrónicamente ante la AGA el documento que confiere el encargo.

La aceptación o rechazo de los encargos conferidos y sus revocaciones por parte de la autoridad; la aceptación o el rechazo del encargo conferido por parte del agente aduanal; y la aceptación o rechazo de los escritos libres en que se justifique la solicitud de un número mayor al establecido de patentes aduanales; se darán a conocer en un plazo de dos días contados a partir del día siguiente a la fecha de recepción del trámite a través de la página electrónica www.aduanas.gob.mxpor medio del SOIA.

3.10.1 3.5.1 Disposiciones generales para importar en definitiva vehículos nuevos y usados. En el inciso d) de la fracción primera se especifica que el pedimento puede amparar uno o más vehículos ya que con la redacción anterior se entendía que fueran varios vehículos.
3.10.7 3.5.7 Procedimiento para tramitar la importación definitiva de vehículos usados importados temporalmente. En el primer párrafo se señala que lo dispuestos en esta regla no aplicará a los vehículos a que se refiere el artículo 4, fracción I, inciso c) del Decreto por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos usados”, publicado en el DOF el 24 de diciembre de 2008.
2.12.9 3.7.5. Esta regla hace referencia a los casos en los que el Agente Aduanal podrá solicitar u ofrecer una Junta Técnica Consultiva de clasificación arancelaria. La presente regla se modifica en su fracción II, segundo párrafo para eliminar la referencia de días “hábiles”, siendo que ahora la autoridad dentro de los 3 días siguientes al ofrecimiento de los alegatos podrá celebrar la junta técnica.
2.12.3 3.7.6. Esta regla hace referencia al plazo con el que cuenta la autoridad para notificar al interesado el escrito de procedimiento administrativo por omisión de contribuciones o el acta de procedimiento administrativo en materia aduanera, cuando del dictamen de la muestra se concluya que existe una irregularidad en la mercancía. Esta regla se modifica en su totalidadpara indicar de manera más precisa el plazo que tendrá la autoridad (4 meses) para efectos de notificarle al contribuyente las irregularidades que se hayan derivado del dictamen generado con motivo de la toma de muestras durante el primero o segundo reconocimiento; así también se elimina la limitante por cuanto hace a las mercancías de importación prohibida o de mercancía que no acredite con la documentación correcta, entendiéndose que este tipo de mercancías serán sometidas de la misma manera que las demás, en el mismo plazo.

Resolucion autos en franja fronteriza

Posted by Red Aduanal On July - 20 - 2010 ADD COMMENTS

Resolución que modifica a la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Con fundamento en los artículos 16 y 31, fracción XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 144, fracciones XIII y XXXII de la Ley Aduanera, y 1o., 4o. y 6o. fracción XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y
CONSIDERANDO
Que la “Resolución que establece el Mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público” fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 1994;
Que la subvaluación de mercancías sujetas al pago de contribuciones al comercio exterior genera evasión en el pago de estas últimas, lo que daña significativamente los ingresos del erario público, por lo que se ha establecido la obligación a los importadores de otorgar una garantía que cubra el pago de las contribuciones a que puedan estar sujetas en definitiva dichas mercancías;
Que el “Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en Materia Aduanera y de Comercio Exterior” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2008 instruye a las secretarías de Economía y de Hacienda y Crédito Público a implementar acciones permanentes de simplificación, automatización y mejora de los procesos aduaneros y de comercio exterior;
Que el contar con información de terceros respecto de las operaciones realizadas en el extranjero, permite a la autoridad aduanera tener un mejor control, en el ámbito de sus facultades, para prevenir, detectar y sancionar la subvaluación de mercancías;
Que el Anexo 2 de la Resolución citada en el primer considerando, contiene los precios estimados aplicables a la importación de vehículos usados por año modelo, por lo que se estima conveniente beneficiar a los importadores de dichos vehículos al poder optar por no otorgar la garantía a que se refiere el artículo 86-A de la Ley Aduanera, en los casos en que se cuente con la información del proveedor en el extranjero que permita validar los datos relativos al vehículo usado sujeto a importación y su precio de venta, siempre que cumplan con los requisitos previstos en la presente Resolución, y
Que las propias características de la franja y región fronteriza norte del país, provocan que los patrones de consumo no presenten condiciones idénticas al del resto del territorio nacional, situación que ha sido reconocida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis CXXXVIII/97, y que toda vez que los vehículos usados importados dentro de estas zonas se destinan a permanecer en dicho territorio, se estima conveniente aplicar la medida citada en el considerando que antecede a las importaciones definitivas de vehículos usados que se efectúen para permanecer en la franja fronteriza norte, en los estados de Baja California y Baja California Sur, en la región parcial del Estado de Sonora y en los municipios de Cananea y Caborca en el Estado de Sonora; esta Secretaría resuelve emitir la siguiente:
RESOLUCION QUE MODIFICA A LA DIVERSA QUE ESTABLECE EL MECANISMO PARA GARANTIZAR
EL PAGO DE CONTRIBUCIONES EN MERCANCIAS SUJETAS A PRECIOS ESTIMADOS POR LA
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Artículo Unico.- Se ADICIONA el artículo décimo primero a la “Resolución que establece el Mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 1994 y sus posteriores modificaciones, para quedar de la siguiente forma:
“DECIMO PRIMERO. Quienes efectúen importaciones definitivas de vehículos usados para permanecer en la franja fronteriza norte, en los estados de Baja California y Baja California Sur, en la región parcial del Estado de Sonora y en los municipios de Cananea y Caborca en el Estado de Sonora, podrán optar por no garantizar de conformidad con el artículo 86-A, fracción I de la Ley Aduanera, siempre que, de conformidad con los lineamientos que para tales efectos emita el Servicio de Administración Tributaria, el proveedor en el extranjero transmita electrónicamente la información relacionada con el vehículo usado de que se trate, así como el precio de venta respectivo, y se efectúe la validación previa de los datos contenidos en el pedimento de importación correspondiente, considerando la información trasmitida, en términos del artículo 38 último párrafo de la Ley Aduanera.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no será aplicable cuando el importador tenga créditos fiscales exigibles que no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas establecidas en el Código Fiscal de la Federación o en los casos en que haya obtenido cualquier resolución judicial que lo exima de la aplicación de los precios estimados contenidos en el Anexo 2 de la presente Resolución, salvo que acredite haber presentado escrito de desistimiento del medio de defensa, que el mismo haya sido ratificado ante el juez competente y este último haya acordado favorablemente el desistimiento.
Los proveedores en el extranjero interesados en efectuar la transmisión electrónica de la información a que se refiere el párrafo anterior deberán presentar ante la Administración General de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria, una solicitud de registro que contenga el nombre, denominación o razón social de la empresa de que se trate, domicilio para oír y recibir notificaciones, dirección de correo electrónico y teléfono, anexando la documentación con la que acredite lo siguiente:
a)    Ser una empresa legalmente constituida en el país de su residencia, dedicada exclusivamente a la enajenación de vehículos automotores;
b)    La representación legal de la persona física que actúe en su nombre;
c)     Tener al menos cinco años de haber iniciado operaciones de enajenación de vehículos usados, y
d)    Contar con sus estados financieros auditados a través de contadores públicos certificados en su país de residencia, cuando menos de los últimos dos años.
La Administración General de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria, previa opinión de la Unidad de Política de Ingresos, y una vez revisada la información y documentación a que se refieren los incisos anteriores, dará a conocer a través de la página electrónica www.aduanas.gob.mx, el nombre de los proveedores en el extranjero que estén en posibilidad de transmitir electrónicamente la información a que se refiere este artículo.
Los proveedores en el extranjero deberán efectuar la transmisión electrónica de la información y proporcionar la información y documentación requerida por la autoridad aduanera en los términos señalados en los lineamientos que para tales efectos emita el Servicio de Administración Tributaria.
En caso de que se detecten posibles irregularidades en la información trasmitida por el proveedor y éste no proporcione la información o documentación que le sea requerida, se cancelará su registro.
Lo anterior, sin perjuicio del ejercicio de las facultades de comprobación que lleve a cabo la autoridad aduanera.”
DISPOSICION TRANSITORIA
UNICA. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
México, D.F., a 12 de julio de 2010.- En ausencia del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público y del C. Subsecretario del Ramo, y con fundamento en el artículo 105 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Subsecretario de Ingresos, José Antonio Meade Kuribreña.- Rúbrica.

Trasladar cargas por tren, muy dificil

Posted by Red Aduanal On July - 20 - 2010 ADD COMMENTS
MILENIO.-El huracán impactó los servicios de la empresa Kansas City Southern de México, a todo lo largo de las vías desde Monterrey a Saltillo, así como en las líneas a Laredo. Por lo que la empresa utilizará la interconexión con Ferromex para mover su carga por la vía de Reynosa y Matamoros.

Según información de Notimex, la vía ferroviaria de Monterrey a Laredo se encuentra actualmente interrumpida por daños en uno de sus puentes y las que comunican a Matamoros y Brownsville están saturadas al canalizarse por ahí todas las exportaciones.
Alex Theissen, vicepresidente de Logística de CAINTRA Nuevo León, comentó que la ruta alterna por Reynosa y Matamoros es “bastante más costosa y tardada, no es una solución definitiva”.
Aclaró que un representante de Kansas City Southern de México dijo a CAINTRA que están trabajando en reconstruir las vías.
Sin embargo no había llegado el material ni las grúas especializadas debido a las interrupciones en la carretera Nuevo Laredo-Monterrey.
KCSM ha emitido embargos de mercancías en Estados Unidos, asi como en la frontera de México y a su vez algunos en Monterrey.
Esto mientras que el daño sea reparado, lo cual esperan ocurra lo antes posible, ya que las rutas alternas representan retrazo e incluso retención de las cargas, lo cual desemboca en pérdidas para la empresa.
Por otra parte, KCSM mantiene un seguro destinado a cubrir los eventos de este tipo con las retenciones de autoseguro que van desde 5 a 10 millones de dólares, dependiendo de la naturaleza de la pérdida.
La filial de KCS señaló el día 8 de julio, que está trabajando con sus aseguradoras para evaluar los daños, así como con los clientes para minimizar el impacto de la interrupción del servicio a sus redes de distribución.

Planean Mexico y E.U. dos cruces

Posted by Red Aduanal On July - 20 - 2010 ADD COMMENTS
EL ECONOMISTA.-Los gobiernos de México y Estados Unidos gestionan la construcción de dos nuevos cruces ferroviarios en su frontera común, uno estaría terminado en el 2010 y el otro ya fue autorizado por Barack Obama. Juan José Bravo Moises, administrador general de Aduanas, informó que para finales del 2010 se concluiría el cruce ferroviario Alternativa Poniente, que uniría Matamoros, Tamaulipas, y Brownsville, Texas.
Para la edificación del otro puente, la empresa Union Pacific (UP) ya cuenta con la autorización del gobierno de Obama en el territorio estadounidense, pasando por Laredo, Texas, aunque aún no se determina si cruzará por Colombia, Nuevo León o por Nuevo Laredo, Tamaulipas.
La indefinición tiene su razón principal en el desacuerdo entre las empresas ferroviarias que operan al sur del Río Bravo, Kansas City Southern (KCSM) y UP.
Bravo Moisés afirmó que con los nuevos cruces se aumentaría la participación del ferrocarril en el total de los modos de transporte en que se realiza el comercio exterior.
“El ferrocarril da más seguridad en el traslado de mercancías y estos proyectos darán un impulso fuerte al comercio y a la competitividad del país”, agregó, entrevistado en el LXXI Congreso Nacional de Agentes Aduanales.
Las dos vías permitirían quitarle presión al cruce que opera ahora entre Laredo y Nuevo Laredo, por el que transita alrededor de 60% de las exportaciones ferroviarias.
Bravo detalló que los cruces por carretera nuevos serán los de San Luis Río Colorado (de carga), que se prevé inaugurar este noviembre; el de Río Bravo-Dona para transporte ligero y autobuses, que entraría en operación a finales del 2010, y el de Guadalupe-Tornillo (carga y transporte ligero), que se espera poner en marcha en el 2012.
Las obras son:
En este sexenio se pretende construir cuatro puentes vehiculares en la frontera norte: dos de carga y dos para pasajeros, aunque uno de estos últimos podría ser para carga también.
Se construirá un puente ferroviario en el 2010 entre México y Estados Unidos, y otro más ya se aprobó por el presidente Barack Obama.
Se ampliarán otros puentes vehiculares, entre ellos el que se ubica entre las dos Nogales, del lado estadounidense.
La infraestructura fronteriza se ha rezagado en las últimas dos décadas al crecer a menor ritmo que el comercio.

Vulnerables aduanas de Mexico

Posted by Red Aduanal On July - 20 - 2010 ADD COMMENTS

Las aduanas del país enfrentan una situación difícil por el contrabando de mercancías y el narcotráfico, lo que eleva los costos de las empresas y repercute negativamente en la economía mexicana, alerta la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (CAAAREM).

Cada año, por medio de las aduanas de México se realizan entre 8 y 9 millones de operaciones de importación y exportación. La recaudación por concepto de comercio exterior es equivalente a 22.3% de la recaudación tributaria neta del país y 42% de lo que el gobierno percibe por IVA, según datos del Sistema de Administración Tributaria (SAT).
Para modernizar a las aduanas del país, y dotarlas de tecnología de punta para estar en mejor posición de combatir operaciones ilícitas, se invertirán hasta 2012 aproximadamente 15,000 millones de pesos, de acuerdo con Juan José Bravo Moisés, administrador general de Aduanas.
Rodolfo Castañeda Guerrero, presidente de la CAAAREM, destaca que son un punto importante de entrada al país y “realmente están metidas en el tráfico de todas las mercaderías y de todo lo que pasa en todas las cadenas logísticas que introducen o sacan mercancía de nuestro país”.
Agrega que “muchas de estas cadenas logísticas, de alguna manera, están infiltradas por el crimen organizado. Son un órgano en el que se dan cosas difíciles prácticamente. Todos somos vulnerables ante lo que está pasando (con el narcotráfico) y no tenemos una varita para saber qué sucederá, pero sí vivimos una etapa muy difícil”.

Crece exportacion de bebidas alcoholicas

Posted by Red Aduanal On July - 19 - 2010 ADD COMMENTS

Milenio–En categoría de rones, se vendió en el extranjero un volumen superior a 3 millones 883 mil litros. Pese a que la reactivación de la actividad económica mundial no ha alcanzado su punto más alto, las empresas productoras de bebidas alcohólicas del país ya comenzaron a generar crecimientos considerables en sus exportaciones, contrario a lo que sucede en el mercado interno, donde sus ventas apuntan a la baja.

De acuerdo con los datos más recientes del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), durante los primeros cuatros meses del año, el sector de bebidas alcohólicas decreció 3.8 por ciento, arrastrado por un lento repunte del mercado interno, que se sumó a los habituales problemas que enfrenta el sector como la piratería y el alza de los impuestos.
Por el contrario, las exportaciones de bebidas alcohólicas se dispararon 83 por ciento en comparación con el mismo periodo de 2009, según estadísticas de la Secretaría de Economía.
El crecimiento de las ventas fuera de México estuvo influenciado por el comportamiento observado en las categorías de cerveza de malta y ron, que aumentaron 16 y 189 por ciento respectivamente.
Grupo Modelo, el principal exportador de cerveza del país, informó en su reporte financiero del primer trimestre que sus ventas en el exterior se incrementaron 4.1 por ciento a 525 millones de dólares, mientras que la comercialización a escala doméstica aumentó 3.4 por ciento. Los ingresos estuvieron apoyados principalmente el incremento en el precio por hectolitro.
En tanto, las ventas de exportación de la categoría de rones se dispararon 189 por ciento, al pasar de 3.4 a 9.9 millones de dólares, para alcanzar un volumen superior a 3 millones 883 mil litros.
Al respecto, el director de mercadotecnia de Bacardi México, Sergio Senties, admitió que hay una “ligera” baja en el consumo de ron en el país, la cual obedece a una tendencia cíclica de desplazamiento de otras bebidas como el whisky y el vodka.
En cuanto a las ventas al exterior, apuntó que anualmente se exportan cerca de 3 millones de cajas anuales que superan los volúmenes de venta del mercado interno, los cuales se ubican en 2.5 millones de cajas.
Bacardi tiene una participación de 60 por ciento en la categoría de rones, mientras que del mercado total de bebidas alcohólicas detenta cerca de 26 por ciento.
Otra de las categorías que incrementaron su exportación fue la del tequila, que presento un crecimiento 8.3 por ciento, según datos del Consejo Regulador del Tequila.
Mercado doméstico a la baja
Datos de la encuesta mensual que elabora el INEGI señalan que las ventas de cerveza en el primer cuatrimestre del año disminuyeron 4.9 por ciento, presionadas por un entorno de bajo consumo y alza de precios.
También los ingresos por las ventas de ron y otras bebidas destiladas de caña cayeron 39 por ciento, golpeadas por un menor consumo derivado del crecimiento de los productos ilegales y la migración de los consumidores hacia categorías más baratas.
La única categoría que logró crecer durante los primeros cuatro meses de 2010 fue la de vinos y bebidas a base de uva, que aumentaron sus ventas 19 por ciento.

Baja arancelaria genera empleos

Posted by Red Aduanal On July - 19 - 2010 ADD COMMENTS

Economista.-La Secretaría de Economía informó que la baja de aranceles a la importación de México iniciada en el 2008 propició efectos positivos en la proveeduría y el empleo de la gran mayoría de las ramas productivas involucradas. “Hicimos un análisis y en la mayor parte de los sectores (donde hubo una apertura) se incrementó la proveeduría”, aseguró Lorenza Martínez, subsecretaria de Industria y Comercio de la Secretaría de Economía.

El 24 de diciembre del 2008, el gobierno decretó una reducción o eliminación de impuestos a la importación de 8,357 clasificaciones de productos, en los cuales el arancel promedio simple del sector industrial pasó de 9.6 a 5.3% en el 2010 y acabará en 4.3% en el 2013.
“En un estudio interno para identificar los efectos de la reducción arancelaria en el empleo para el último trimestre del 2009, se encontró que el arancel general del bien final tiene efectos negativos en el empleo”, dijo la funcionaria.
Por cada punto porcentual que se bajó el arancel general, el empleo se contrajo 0.54 puntos porcentuales.
Baja arancel y sube empleo
Martínez agregó que el arancel general en el insumo tuvo efectos positivos, puesto que por cada punto porcentual a la baja, el empleo subió en una relación de 1.07 puntos porcentuales.
“Así, el efecto final es positivo para el empleo, con un alza de 0.53 puntos porcentuales”, dijo durante su participación en el 71 Congreso de la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (Caaarem).
En otro estudio de la Secretaría de Economía se analizó si la reducción arancelaria tuvo efectos adversos en el abasto de insumos nacionales para distintos sectores, encontrándose que en la mayoría de los sectores (16 de 21) la reducción arancelaria “no afectó al abasto nacional de los sectores productivos e incluso se incrementó”.

SAT impulsa sistema pedimento unico

Posted by Red Aduanal On July - 19 - 2010 ADD COMMENTS
T21.-Con la finalidad de agilizar el tránsito de mercancías y simplificar el despacho aduanero, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), impulsa el formato de pedimento único, informó Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jefe del SAT.

En el marco del LXXI Congreso de CAAAREM, el funcionario dijo que están trabajando en su desarrollo. “Estamos viendo qué campos vamos a compartir y todavía estamos en una etapa de diseño. Yo creo que este año o el entrante estaremos muy avanzados en algunos aspectos del pedimento”.

De esta manera, las autoridades implicadas en los diferentes rubros del comercio exterior no les pedirían a los importadores la información de sus pedimentos más de una vez, porque ésta se obtendría del hecho de compartirla desde un principio.
Lo anterior evitaría una triangulación de información y por ende facilitaría la labor tanto de los agentes aduanales como de los importadores, en una primera etapa, la cual podría establecerse en 2011 y para una segunda, se trabajaría para que el pedimento mexicano fuera el mismo que el norteamericano.
Indicó que este documento convergerá en la ventanilla única, de la cual ya se publicaron las prebases de la licitación para su operación. Señaló que ha habido retraso porque se trata de algo complejo, ya que se involucran varias secretarías de estado y el diseño, además de las especificaciones técnicas de la ventanilla, es un trabajo arduo que requiere de mapear los procesos para saber qué requerimientos debe cumplir el operador.
Manifestó que la ventanilla única es un proyecto que se desarrollará en diferentes etapas y durante los dos próximos años.

Aduanas agilizan paso de donativos

Posted by Red Aduanal On July - 19 - 2010 ADD COMMENTS

CNN Mexico.-

El administrador general de aduanas anunció medidas para el paso de la ayuda tras el huracán ‘Alex’; dijo que se da prioridad a la ayuda y que se pospone la documentación, con algunas excepciones. Las aduanas mexicanas han garantizado que las donaciones para los damnificados del huracán ‘Alex’ estarán fluyendo rápidamente. Para ello han acelerado el paso de las mercancías donadas, con excepción de aquellas que tienen restricciones arancelaras, medicinas y ropa usada.

Juan José Bravo Moisés, Administrador General Aduanas (AGA), aseguró que las aduanas ubicadas en el norte del país no tuvieron daños causados por el huracán. “Desde que se presentó este fenómeno, la aduana tomó medidas para agilizar las donaciones a las zonas afectadas”, mencionó.
“Para las mercancías, como productos perecederos, tenemos un esquema que garantiza que los productos fluyan rápidamente y después se cumpla con la documentación; de todas formas la vamos a revisar en aduanas”, dijo.
Aclaró que las donaciones son prioridad y están pasando rápidamente, excepto aquellas que tengan restricción arancelara o algunos permisos como pueden ser medicinas u otras cosas, o ropa usada, todo lo demás puede pasar.
“Otra medida que tomamos fue en el tema de la carga y de comercio normal. En ese sentido, dimos facilidades para que la carga que normalmente pasaba por una sola aduana- porque su agente aduanal estaba adscrito a una sola aduana- pueda cruzar por cualquiera de las aduanas de la frontera”.
Ante eso, mucha de la mercancía que debía estar cruzando por Nuevo Laredo se permitió hacerlo ahora por Reynosa o Matamoros. “Hemos estado trabajando para que ningún cargamento se quede en la zona detenido un solo día; hay largas filas, pero los contenedores han estado fluyendo”, mencionó Bravo Moisés.
“Hemos estado muy en contacto con la industria de Monterrey, porque seguramente hay mucho inventario guardado que en estos días empezará a fluir y nos estamos coordinando con la aduana de Estados Unidos para trabajar las 24 horas hasta que la mercancía fluya”.

Aduanas en dificil situacion

Posted by Red Aduanal On July - 19 - 2010 ADD COMMENTS

CNN Mexico.-El contrabando y el narcotráfico las coloca en posición vulnerable, de acuerdo con la CAAAREM; se canalizarán 15,000 millones de pesos para modernizarlas y reducir las operaciones de criminales. Las aduanas del país enfrentan una situación difícil por el contrabando de mercancías y el narcotráfico, lo que eleva los costos de las empresas y repercute negativamente en la economía mexicana, alerta la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (CAAAREM).

Cada año, por medio de las aduanas de México se realizan entre 8 y 9 millones de operaciones de importación y exportación. La recaudación por concepto de comercio exterior es equivalente a 22.3% de la recaudación tributaria neta del país y 42% de lo que el gobierno percibe por IVA, según datos del Sistema de Administración Tributaria (SAT).
Para modernizar a las aduanas del país, y dotarlas de tecnología de punta para estar en mejor posición de combatir operaciones ilícitas, se invertirán hasta 2012 aproximadamente 15,000 millones de pesos, de acuerdo con Juan José Bravo Moisés, Administrador General de Aduanas.
Rodolfo Castañeda Guerrero, presidente de la CAAAREM, destaca que son un punto importante de entrada al país y “realmente están metidas en el tráfico de todas las mercaderías y de todo lo que pasa en todas las cadenas logísticas que introducen o sacan mercancía de nuestro país”.
Agrega que “muchas de éstas cadenas logísticas, de alguna manera, están infiltradas por el crimen organizado. Son un órgano en el que se dan cosas difíciles prácticamente. Todos somos vulnerables ante lo que está pasando (con el narcotráfico) y no tenemos una varita para saber qué sucederá, pero sí vivimos una etapa muy difícil”.
Ante ello, mencionó que la confederación está cerrando filas con Aduanas, legisladores y con la iniciativa privada, para promover juntos, y con una responsabilidad compartida, el fortalecimiento de las aduanas del país.
“Hay administración de riesgos, mecanismos inteligentes y las mercancías que tienen información perfecta, clara y muy confiable, tienen menos revisión. El recurso humano y la revisión física se destinan a aquellas mercancías que carecen de esa información confiable y que son más riesgosas, por eso se les llaman mecanismos inteligentes”, indicó.
Subrayó que las aduanas cuentan ya con mecanismos de revisión no intrusivos. “Decidimos qué mercancía se va a revisar y lo hacemos por medio de rayos gama, sin romper mercancías. Si es muy difícil, o hay que abrir, lo hacemos con los contenedores, pero en este tema de riesgos México ha avanzado mucho y es el país con más decomisos en el tema de mercancías y medicamentos falsos”.
Asimismo, se refirió a la detección de 14 agentes aduanales por parte del Servicio de administración Tributaria (SAT), de los mil que hay en el país, debido a que cometieron irregulares y se presume entregaron facturas de pedimentos fiscales a importadores, omisión en el pago de contribuciones, deducciones fiscales improcedentes y la posible comisión del delito de contrabando.
“Se están haciendo auditorías en el país y ellos son como cualquier contribuyente. Cualquier evasión fiscal tiene penalidades, a través del Código Fiscal. No es una llamada de alerta, ni amarilla. Hay muchos causales para retirar la licencia, como el declarar impuestos de más o d menos, según el caso, declarar orígenes falsos, no cumplir con los permisos correspondientes, son causales de cancelación de patentes, pero no es un foco amarillo que se prendió para los aduaneros”, recalcó.
Bravo Moisés, Administrador General de Aduanas, añadió que el plan de modernización contempla introducción de tecnología de punta, infraestructura, capacitación y sistemas, entre otros aspectos. Y con bases muy cimentadas vamos a estar trabajando para acotar el modus operandi del crimen organizado.”
Explicó que el crimen organizado es un punto en el que van estar trabajando para limitarlo. “Vamos a hacerlo difícil, para que les cuestes dinero y lo hagan en otros países y no en México. Que oculten la información de manera diferente, hacer rutas mucho más complejas, para que a los criminales a fin de que a los criminales les cueste y que tengan que trasladar su mercancía por diferentes lados para que se les haga muy costoso contrabandear”.
Subrayó que el narcotráfico es mal que se tiene que combatir constantemente. “Es un tema complejo. Esa gente tiene mucho dinero, no sigue regla y combatirlo es difícil cuando uno tiene recursos limitados y cuenta con muchas reglas que seguir. El crimen en México afecta al comercio mexicano, a la economía, siempre afecta”.